Reposición de juicio en caso de feminicidio va en contra de la Ley General de Víctimas: ONG

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Ángela Elizondo - Víctima de feminicidio

Documenta lamenta la revocación de la sentencia por los delitos de feminicidio y corrupción de menores en el caso de Ángela Elizondo y la orden de reponer en su totalidad la audiencia de juicio.

27 de mayo de 2024. El 3 de octubre de 2023, tras más de 3 años de lucha, se dictó sentencia por el feminicidio de Ángela Elizondo, una joven de 15 años que en febrero de 2020 perdió la vida a manos de las personas que operaban de manera irregular el centro de tratamiento de adicciones en el que ella se encontraba, en Santa Catarina, Nuevo León.

El 7 de marzo de 2024, el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Nuevo León revocó la sentencia y ordenó la reposición total de la audiencia de juicio por, supuestamente, vulnerar una formalidad procesal según la cual las audiencias de juicio se prolongaron por un periodo excesivo (60 días en total). Documenta, que acompaña legalmente el caso, presentó una demanda de amparo en contra de la resolución dictada, sin embargo, el Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León decidió sobreseer el mismo al considerar que obligar a repetir toda la audiencia de juicio no vulnera los derechos fundamentales de las víctimas.

Es importante mencionar que el aplazamiento de la audiencia fue ordenado por el propio tribunal debido a las cargas de trabajo y dentro de los límites que el propio Código Nacional de Procedimientos Penales establece, no representó beneficio alguno para las partes, especialmente para la familia de Ángela, y permitió un desahogo de testigos y peritos con estricto apego a los principios de contradicción e inmediación que deben regir. El hecho de que la audiencia no se celebrara en un solo día o en días estrictamente consecutivos -como es preferente- no es contrario al principio de concentración y tampoco viola los derechos a la legalidad y seguridad jurídica, pues los aplazamientos corresponden a la complejidad del asunto, las responsabilidades judiciales y la disponibilidad de recursos.

La resolución de reposición pretende, a través de meros formalismos, desatender el deber de proteger a las víctimas, y omite garantizar el debido proceso, acceso a la justicia, protección y reparación del daño en detrimento de la familia Elizondo. 

Las autoridades judiciales no deben exigir mecanismos o procedimientos que agraven la condición de las víctimas, ni establecer requisitos que obstaculicen e impidan el ejercicio de sus derechos o las expongan a sufrir un nuevo daño.

Obligar a la mamá de Ángela a asistir nuevamente a interminables jornadas de audiencias, ver decenas de pruebas, escuchar los desgarradores testimonios sobre la muerte de su hija, oír la voz de los perpetradores; rememorar, y llamar y explicarles a las compañeras de Ángela y sus familiares que deben volver a relatar las vivencias traumáticas cuyas consecuencias siguen sufriendo constituye un acto de revictimización que va en contra de las obligaciones del Estado en materia de protección a las víctimas de feminicidio.

Al enterarse de la noticia, Alejandra compartió las siguientes palabras:

Ella es Ángela, yo soy su mamá, ella fue la luz de mis ojos, parte de mi ser, el 28 de febrero del 2020 le fue arrebatada su vida y con ella se fue gran parte de la mía, desde ese momento no he parado de luchar por obtener justicia por las aberraciones que se cometieron en contra de mi niña, ha sido una lucha interminable.

El 10 de octubre del 2023 después de 1,320 días se dictó sentencia en contra de los asesinos de mi hija. Fue un juicio duro, doloroso y desgarrador, por fin creí que podía obtener un poco de paz. Ese día llegué a mi casa, me senté en mi cama y lloré amargamente porque comprendí que nada me la va a regresar.

El día 08 de marzo de este año, yo estaba lista para salir a las calles a alzar la voz por las que ya no están y de pronto recibo un correo en donde se me informa que por decisión de los jueces se decidió «REVOCAR» la sentencia de los asesinos y repetir el juicio argumentando que se había excedido el tiempo en el que se había diferido las audiencias 

Mi hija agonizó 72 horas. En ese lapso de «tiempo» se le pudo haber brindado la atención necesaria para que siguiera viva. No podía creer que precisamente ese día 8M se REVOCARA una sentencia por el feminicidio de una menor. Es algo absurdo y hasta humillante. Se interpuso un recurso de amparo para que no tenga que repetirse el juicio el cual es total y completamente revictimizante tanto para la memoria de Ángela como para mí, es inhumano. El día de ayer 21 de mayo se me negó el amparo. Ayer volvió a derrumbarse mi mundo, no reconocía el sentimiento, solo eran unas enormes ganas de no continuar viviendo, me permití caerme, desgarrarme nuevamente y hoy volver a levantarme. Reconocí que ese sentimiento se llama desesperanza, que duele hasta el tuétano y que aunque sea arrastrándome, tengo que seguir.
Hoy cuestiono a las autoridades. ¿No pueden ser algo empáticos con el dolor de una madre que jamás va a volver a ver a su hija? Que no la va a ver realizar sus sueños, fueran cuáles fueran: graduarse, casarse o no… VIVIR

Hoy hago un llamado a las autoridades y les pido como madre que se aplique correctamente la ley.

De la manera más educada posible les pido que hagan bien su trabajo.

Esta resolución es una negación de #JusticiaParaÁngela y su familia, es un claro retroceso en el respeto y protección a los derechos de las víctimas. Nos demuestra que aún queda mucho trabajo por hacer para que las instituciones tomen en serio el impacto físico y emocional de los procesos judiciales y eviten la revictimización. 

Desde Documenta acompañamos las exigencias de Alejandra Elizondo y hacemos un llamado claro y contundente a su respeto y protección. 

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