Dictamen histórico del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en México

México está viviendo un momento histórico para el avance de los derechos de las personas con discapacidad en el sistema de justicia. El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), emitió el primer dictamen sobre un caso en México,  el caso de Arturo Medina que fue presentado por Documenta.

Este dictamen es histórico, no solo por ser el primero que emite el Comité de Discapacidad, ni por ser el quinto que se emite para México de todos los Comités de ONU, hace historia porque se reconoce que la violación a los derechos humanos está en la norma: son las leyes mexicanas las que violan los derechos humanos de las personas con discapacidad psicosocial e intelectual dentro del sistema de justicia.

Los derechos que se violan a las personas con discapacidad intelectual o psicosocial que se enfrentan al sistema de justicia mexicano, al someterles al Estado de Inimputabilidad son: la igualdad y no discriminación (art.5); la accesibilidad (art.9); la igualdad ante la ley (art. 12); el acceso a la justicia (art.13) y la libertad y seguridad (art.14) de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás, todos consagrados en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD).

En 2011 Arturo fue acusado de robo de auto (aunque él no sabe manejar) y detenido. Para comprobar su inocencia, Judith Medina, su madre, presentó documentación que comprobaba la discapacidad de Arturo, lo que fue suficiente para privarlo de su libertad, no por la conducta delictiva de la que se le acusaba, sino simplemente por su discapacidad, al ser sometido al Estado de inimputabilidad, que es una figura establecida en el Código Nacional de Procedimientos Penales, los códigos penales estatales y en la Ley Nacional de Ejecución Penal, que obstaculiza el acceso a la justicia de personas con discapacidad.

El dictamen también es histórico, porque además de recomendar al Estado que reconozca públicamente la violación a los derechos humanos de Arturo, que le proporcione una reparación efectiva y que publique y difunda ampliamente el dictamen en formatos accesibles; el Comité también hizo recomendaciones generales que van más allá del caso de Arturo y que si se hacen, podremos decir que en México verdaderamente construimos un sistema de justicia incluyente.

Para que las violaciones a los derechos humanos que se dieron en el caso de Arturo, no se repitan, el Comité dictaminó que el Estado Mexicano debe modificar la legislación penal local (Ciudad de México), así como todas las leyes federales o estatales que contengan la figura de inimputabilidad, garantizando su conformidad con los principios de la (CDPD), para asegurar el respeto de las garantías del debido proceso a las personas con discapacidad; todo esto debe hacerlo en estrecha consulta con personas con discapacidad y las organizaciones que las representan.

Entre las demás recomendaciones que el Comité hace al Estado Mexicano están la de capacitar a juezas, jueces, oficiales judiciales, agentes del ministerio público y toda persona de la función pública que participen la labor del poder judicial, sobre el alcance de la Convención y su protocolo facultativo; así como velar por que se brinden a las personas con discapacidad las medidas de apoyo y ajustes razonables adecuados para ejercer su capacidad jurídica. También ordenó revisar la aplicación de las medidas de seguridad que implican el internamiento para dar tratamiento médico-psiquiátrico y promover alternativas acordes a la CDPD.

Con la resolución del Comité de ONU, inicia un proceso en el que el Estado Mexicano ahora es el principal actor, llamamos a las autoridades correspondientes a que cumplan con las recomendaciones del Comité para garantizar a las personas con discapacidad psicosocial o intelectual un pleno acceso a la justicia y el ejercicio de todos sus derechos.

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